miércoles, 23 de noviembre de 2016

La censura de tebeos en la España franquista ( 1 de 2 )


La censura ha sido aplicada por todas las sociedades desde que vieron la luz las primeras revistas y periódicos, de manera más intensa acaso durante los periodos políticamente convulsos del siglo XIX, en los que el Antiguo Régimen quería perpetuar sus representantes y la burguesía ascendente, civil y laica, aspiraba a obtener su porción de poder en los gobiernos. Las monarquías absolutistas y las dictaduras han sido las que con más dureza han reprendido a los periodistas díscolos y a los dibujantes atrevidos, lo cual ha perdurado hasta la segunda mitad del siglo XX, en cuyos años todavía se mantuvieron en vigor normas de censura que se aplicaban con mayor o menor dureza según el capricho de los ministros del Ministerio de Información y Turismo para el caso de España.



Los tebeos españoles han padecido dos tipos de censura en esencia, la aplicada por el ejército y la aplicada por la iglesia. La aplicada por los militares fue siempre de sesgo político e ideológico y ha estado presente no solamente bajo el gobierno militar del general Francisco Franco, también existió en el principio del siglo XX y durante el periodo republicano, recordemos la Ley de Jurisdicciones y los tapamientos de muslos o de escotes y otros retoques en tebeos anteriores a la guerra civil, si bien en su mayor parte se trataba de censuras que ya estaban en las historietas que se traducían. 



Durante el franquismo la censura fue ideológica sobre todo en los primeros años de la dura posguerra, pero después se aplicó una censura de corte moral, con mayor intensidad paradójicamente durante el llamado postfranquismo, al final de la dictadura. Tras este tipo de censura estuvo siempre la iglesia católica, perennemente vigilante sobre las publicaciones dirigidas a su feligresía y con enorme interés por controlar la prensa dirigida a la infancia, pues eran los futuros fieles a la par que los ciudadanos más fácilmente maleables.

Estos han sido los agentes de la censura, los “villanos” que solemos escoger en nuestro imaginario para representar la imagen inquisitorial de lo que solemos llamar “censor”. Pero hay otras censuras y otros modos de comprender la censura. Puesto que existe la censura por razones económicas, es decir, la que dicta el mercado y los intereses particulares de empresarios y públicos a los que dirigen sus productos. Y está la autocensura, o la corrección previa (incluso en contra de los principios que uno sostiene), con el fin de evitar enfrentamientos innecesarios con la censura ideológica o moral, o ya ni eso: contra las corrientes imperantes de pensamiento o las modas, eso que se suele llamar “lo políticamente correcto” y que se refiere a lo social.


Bajo el gobierno de Franco se dieron todo tipo de censuras, y así el espectro de “culpables” de haber mutilado tebeos se amplía. El cuadro se completa con los educadores que intentaron dirigir el modelo de aprendizaje de los niños, cuya base pedagógica estuvo integrada por religiosos durante décadas. En segundo lugar, con los empresarios que actuaban de acuerdo con los intereses del público incrementando el morbo o acentuando la exaltación de ciertas pasiones, y que se retraían cuando les interesaba comercialmente. Y, en tercer lugar, hubo una masa informe de funcionarios y administradores que obedecían órdenes o que hacían lo posible por contentar a sus jefes, cuyo ejercicio reprobatorio diario, seguramente rutinario y de trámite, fue el que se aplicó sobre los tebeos españoles a la postre. 

Fue a partir de los años 50, coincidiendo con la relevancia que el cómic adquiere en países como Francia y EEUU cuando empieza a haber una censura especializada en publicaciones para el público infantil y juvenil. A partir de aquí al régimen de Franco le preocupa todo: que haya demasiada violencia, que se cuestione la autoridad paterna o social, que se muestra a una sociedad que disguste a los niños o les provoque rechazo y aprensión....

Al crearse en 1951, el Ministerio de Información y Turismo, pasaron las revistas a depender de la Dirección General de Prensa, constituyéndose por orden ministerial del 21 de enero de 1952 una Junta Asesora de la Prensa Infantil, en la que se encontraban representantes de la Acción Católica, Comisión de Ortodoxia y Moralidad, Departamento de Prensa y Propaganda del Frente Juventudes,.., como primera demostración a nivel oficial de un interés por la las publicaciones de este tipo.


En esa fecha se dictan unas “Normas sobre la Prensa infantil y juvenil”, en las que se se hace una separación en dos grupos de niños, según la edad. Para el primer gupo, entre 6 y 10 años, la normativa no hace distinciones entre las publicaciones masculinas y femeninas, diferencia que sí aparece en el grupo entre los 10 y los 14 años. 


Prohibiciones para publicaciones para niños entre 6 y 10 años.
1.Cuentos de crímenes, suicidios y todos a aquellos en que aparezcan entes repulsivos que puedan perjudicar el sistema nerviosos de los niños.
2.Cuentos en lo que invoque al diablo para obtener algún éxito. 
3.Deben evitarse los cuentos en que sea protagonista triunfante el tipo de niño aparentemente bueno, pero de bondad falsa o finjida, que hace antipática la virtud.
4.Separar ángeles y hadas, porque no son armónicos y pueden traer confusión en las mentes infantiles. 
5.Historietas o cuentos en los que se exalte o presente simpático al niño díscolo y desobediente, sin confundirlo con el rebelde , cuando esta rebeldía sea para oponerse a la injusticia o la sinrazón que pretende imponerse por la fuerza.
6.Historietas que traten con realismo excesivo o impropio la relación de los sexos, tanto se trate de personajes humanos como de animales.
7.Huir del naturalismo con fondo panteísta.
8.Los cuentos populares que presenten ciertas crueldades por las cuales deben calificarse como inmorales.
9.Historietas o cuentos en que el amor sea tratado sin la conveniente idealidad y delicadeza.
10.Historietas o cuentos en los que quede malparada la autoridad de los padres, maestros, sacerdotes, y, en general las personas mayores.
11.Los que alaben los malos actos; por ejemplo, la pereza, la mentira, etc.
12. Historietas que pongan en ridículo la vida familiar, como las que señalan engaños matrimoniales, la mujer que hace trabajar al marido en menesteres caseros mientras ella descansa, etc.

Prohibiciones para publicaciones para niños entre 10 y 14 años.

Las prohibiciones se estructuran en tres apartados: 1) ,el relativo a la moral; 2), a la Religión; y 3), a la vida familiar y social.
Prohibiciones en lo referente a la moral
1. Láminas o descripciones que puedan excitar la sensualidad.
2. Las novelas de trama amorosa en que aparezcan con viveza las efusiones o entren en el argumento deslices o adulterios. 
3. Presentar las cosas prohibidas dentro de la moral tan sencillas , corrientes y naturales, que las muchachas piensen que no hay en ellas mal alguno.
4. La exaltación del divorcio, el suicidio,la eutanasia.
5. Las descripciones que puedan despertar una curiosidad malsana en torno a los misterios de la generación.
6.Se refiere a las novelas policíacas.
7.Aquellas historietas que fomenten los malos hábitos o vicios: la pereza, el alcoholismo, etc.
8.Relatos que aun bien intencionados y excelentes para un pais determinado, reflejan costumbres no adaptadas al nuestro, como `por emplo los besos entre jóvenes de diferente sexo, las disputas religiosas entre protestantes y prosélitos de otra religión, etc.
Prohibiciones respecto a la religión
Tienden todas a preservar el monopolio de la Iglesia Católica en materia religiosa y conservar y propagar la ortodoxia del dogma.
Prohibiciones relativas a la vida familiar y social
1,Las que van en desprestigio de la autoridad de los padres,maestros, de las autoridades civiles o de la patria: el derrotismo.
2.Las que despiertan sentimientos de envidia, rencor ,venganza y odio de clases.
3.Todo cuanto atente a los principios fundamentales del Movimiento Nacional, el concepto de la vida y de la historia que debe tener lo español, inspirado en aquellos principios, y el sentido católico de la existencia que debe informar toda la vida española.


Aparte de esta reglamentación de carácter negativo se dictaron unas “Normas literarias” a las que debían ajustarse las publicaciones infantiles:
Los temas que traten las publicaciones infantiles deberán pertenecer fundamentalmente a al mundo de los niños ( se rechazan por ejemplo, “las suegras feroces, las trifulcas conyugales, los apuros monetarios,...”).
La educación deberá examinarse con arreglo a cada una de las dos clasificaciones de edad, concediendo mayor margen de fantasía a la primera infancia y una dosis de mayor realismo a la segunda.


El 24 de junio de 1955 se dicta un decreto conteniendo algunas aclaraciones a las normas del 52, que no añaden nada nuevo en cuanto a la regulación del contenido con respecto al texto anterior, si bien hay un intento de sistematizar la nomenclatura en los relativo a las publicaciones periódicas.Así, en el artículo 4º se establece una triple denominación:
a) “Revistas infantiles” para los niños y niñas de hasta 10 años. 
b) ”Revistas para los jóvenes” si van dirigidas a los adolescentes del sexo masculino. 
c) “Revista juvenil femenina” si se orientan a las adolescentes del sexo femenino.

(Continuará,,,,) 

Fuentes: Apuntes para una historia de los tebeos - Antonio Martín - Editorial Glènat / Tebeos censurados -- Manuel Barrero - http://factoriadelcomic.blogspot.com.es /Tebeos mutilados –Vicente Sanchís-Ediciones B / El comic femenino en España - Jose Antonio Ramírez -Editorial Cuadernos para el Diálogo /Revista Ciudadano 1/6/1976- 40 años de censura infantil-Pacho Fernández Larrondo. / Decreto 195/1967, de 19 de enero por el que se aprueba el Estatuto de Publicaciones Infantiles y Juveniles –BOE nº 37 de 13 de febrero de 1967./ Del tebeo al manga- VVAA-Editorial Panini / DC Comics Enciclopedia - Editorial DC Comic. 

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